29 de julio de 2007

Un tremendo palo al sentido común


Matar a alguien no es un evento intrascendente. Nunca lo ha sido. Desde que Caín mató a Abel, habitualmente queda la cagada tras un suceso de sangre de tal naturaleza. Con mayor razón si se debe a la intención precisa de una persona de ponerle fin a la existencia de otra y no a un mero accidente. Las reacciones del conglomerado social y de los familiares y amigos de los difuntos suelen ser disímiles, pero en la mayoría de los casos muy graves.

Conversando alguna vez con mi gran amigo, otrora colaborador en este espacio, concluíamos que del mismo modo que es inaceptable que los mecanismos estatales, como la sanción penal, expresaran odiosas venganzas sin sentido ni fin concreto, como la pena de muerte, también la posición de las víctimas es respetable y que seguramente cada uno de nosotros enfrentado al doloroso trance de perder a un ser querido, cuya vida nos arrebató voluntariamentre un tercero, desearíamos a su vez su muerte.

Lo concreto es que en general los distintos sistemas penales se basan en el supuesto, muy razonable a mi juicio: el bien jurídico más relevante de los seres humanos es la vida. Tanto así que, por una parte, en la mayoría de los países más desarrollados no se emplea la pena de muerte, considerándola inhumana y excesiva, por otra, los delitos a los que se asocian los castigos más severos, son precisamente los delitos contra la vida. Otro principio fundamental es que las penas deben ser proporcionales a la gravedad de los hechos y de la culpa. Nuestro sistema penal, (no confundir el penal con el procesal penal) obsoleto, pero en vías de transformación no expresa tal lógica. El robo con violencia, el robo con fuerza en lugar habitado, el incendio en lugar habitado (aunque nadie resulte lesionado) la violación, entre otros delitos, tienen penas parecidas en Chile a la del homicidio simple. ¿Cómo dotar de sentido entonces a una legislación en que un vulgar cogoteo puede tener en teoría, en sus versiones más simples, 5 años más de pena que un homicidio? Siendo un teórico recalcitrante, en verdad, más que los casos particulares me preocupa el sin sentido del actual sistema.

Constatar que la entusiasta defensa que mi amigo Ignacio Castillo desarrolló en el juicio de Aarón Vásquez, se tradujo en una pena de tres años a la sombra en sistema semicerrado me hace reflexionar sobre el valor de la vida en nuestro entorno. Es cierto, Aarón tenía 17 años cuando mató a palos a Alejandro Hinostroza y nunca antes había sido condenado por otro delito, lo que a su edad no es mucho mérito. Pero sobre todo tenía buena facha y un abogado como Castillo. Me parece que no a muchos de los que ven las noticias en el Mega les molestaría que alguno de tantos feos, sucios y malos como los de Ettore Scola, se pudran diez años en Colina Dos, por quitarle la billetera a un noble transeúnte intimidándolo con un Tramontina. Más aún considerando el resto del bombardeo mediático que nos lleva a creer que vivimos en una sociedad en que cada día debemos jugarnos el pellejo por no ser asaltados cuando salimos a trabajar. A mi sí me molesta, si asumimos que Aarón ya estará en la calle el 2010.

Ojalá que si me lo topo en la calle no existan bates cerca.
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Roberto.


16 de abril de 2007

Vecinos ¿Amigos?


Hace veintinueve años estuvimos al borde de la guerra con Argentina y hace veinticinco, nuestros vecinos se enfrentaron militarmente a los ingleses. El Profesor Citatorio, un argentino nacionalista, de derecha y antisemita escribió en aquellos tiempos: “¡Nuestras islas! ¡Nuestras amadas islas! ¡La serpiente que se alarga entre los Andes y el Pacífico quiso poner sus huevos sobre nuestras costas, pero se estrellaron contra la dura superficie del océano!”. La serpiente a la que aludía por cierto, era Chile. Ha pasado mucho tiempo y hoy parece ser que, pese a que ellos tienen muchas más razones que nosotros para guardarnos rencor que nosotros a ellos (por el apoyo logístico a los ingleses durante Malvinas) percibo que un injustificado resentimiento aun es manifiesto.

No es mi caso, por cierto, toda vez que en el país trasandino, (denominación que recíprocamente nos damos mortales de uno y otro lado de la cordillera) encuentro las mejores expresiones de la mayoría de las cosas que más amo en la vida: fútbol, mujeres, música, literatura y comida. A propósito de varias experiencias recientes, (un viaje a Argentina y comentarios sobre fútbol a propósito del Boca - River que se jugó hoy domingo) he comentado con varios amigos generalidades sobre nuestros vecinos y nuestra relación con ellos. Y nunca deja de sorprenderme la facilidad con que se emiten opiniones livianamente fundadas de odioso contenido como que los argentinos son pedantes, flojos y corruptos y que las argentinas son todas teñidas y tienen voz de hombre. La misma profundidad de análisis con que se suele decir en otras latitudes que todos los chilenos somos ebrios y ladrones. La lógica del “todos los chinos comen arroz”.

Me gustaría conocer su opinión, toda vez que mientras un cataclismo terminal no introduzca algún otro país en el lugar de la Cordillera de los Andes, seguiremos siendo vecinos. En la medida que los mercados no se convulsionen o exploten con particularidades propias del realismo mágico, seguirá siendo Argentina uno de los lugares más baratos para turistear y mientras no encontremos petróleo o gas natural, nuestro gobierno tiene importantes negociaciones pendientes que incidirán directamente en nuestra calidad de vida.

¿Resulta entonces apropiado envenenar la convivencia?

Roberto


28 de marzo de 2007

Los Combatientes de Hoy


Ser revolucionario hoy es una alternativa peculiar. Creo que hoy y siempre existirán razones para no estar conforme con el orden establecido, pero, a diferencia de otros tiempos, ser no-revolucionario en nuestro país es en los tiempos que corren una alternativa bastante más grata y segura que en cualquier otra etapa de nuestra historia. Por lo menos hasta antes que quedara la escoba con Transantiago.

Es cierto, existen muchas maneras de ser revolucionario, pero observemos la más tradicional. ¿Por qué la opción por la capucha y la molotov es aún atractiva para algunos que ni siquiera son tan jóvenes? Si en realidad pensaran que son capaces de lograr la adhesión masiva del pueblo, creo que muchos los verían con otros ojos. Si en realidad fuera posible cambiar la realidad, creo que hasta yo sería revolucionario. Pero en nuestro contexto histórico derechamente no es posible. Y creo que los encapuchados lo tendrán claro incluso el “día del joven combatiente”. Mientras no exista un cambio en la propiedad de los medios de comunicación en Chile y un cambio en el gobierno de los Estados Unidos, a mi juicio los dos factores decisivos del panorama actual, todos los vidrios y letreros rotos, todos los daños a los Mc Donalds, todas las fogatas, a mi juicio, sólo cumplen una función menor: tranquilizar las conciencias de quienes sencillamente no aceptan que vivimos en una sociedad dominada arbitrariamente por los dueños del dinero. Una función menor, creo, pero si estamos dispuestos a tolerar los abusos de poder de los empresarios, del gobierno, de los bancos, ¿Será tan urgente reprimir severamente a los combatientes de nuestros días?

Un cambio de gobierno en Chile, podría tener muchos efectos positivos, sea que los nuevos gobernantes pertenezcan a la derecha o a la verdadera izquierda. Pero definitivamente no arreglaría el problema de fondo. Y mientras no tengamos por lo menos alguna idea de cómo atacar seriamente el problema de fondo, los románticos revolucionarios son útiles sólo a la tranquilidad de su propio sueño.

Conozco a alguien que no está para nada de acuerdo con lo que expreso. Pero hace mucho tiempo dejó de escribir en este blog.

Roberto.


8 de marzo de 2007

Ellas lo dijeron...

Michelle Bachelet: "No soy demagoga ni populista"

Condolezza Rice: “América Latina y los EEUU son vecinos y la región está en la lista de prioridades del gobierno norteamericano”

Valeria Mazza: "Yo nunca he fumado marihuana porque eso da celulitis"

Mª Angélica Cristi: “"Es muy difícil andar con la cara en alto frente a la ciudadanía cuando tienes un hijo acusado de tráfico de drogas”

Betty Friedan: “Ninguna mujer tiene un orgasmo abrillantando el suelo de la cocina”

Carmen Maura: “Lo más importante es que el director me desee”

Kate Beckinsale: "Echo de menos dar la teta. Era muy buena haciéndolo. Incluso podía apuntar con bastante precisión a algún punto de la pared de enfrente."

Anita Alvarado: "Me veía harto rica saliendo desnuda en la tele"

Yasna Provoste: “hemos dado un salto significativo”

Margarita Martí: "Para negociar bien hay que aprender a ser suaves con las personas y duros con los problemas"

Britney Spears: “I'm a fake”

Angela Merkel: “Hay posibilidad de involución, pero la globalización ofrece al mundo muchas más oportunidades que riesgos”

Amalia Granata: “El Chino Ríos tiene un maní”

Lily Pérez: “Lo más importante y relevante es que el gobierno ya perdió hace rato la mayoría”

Marlen Olivari: “Señora, señor, no crea tanta huevada”

Hoy es el “Día Internacional de la Mujer”, se trata de un evento de connotación, en su origen, sobre todo política, que surge para apoyar el sufragio femenino, defender los derechos laborales de las trabajadoras y manifestarse contra la guerra. Noble iniciativa, por cierto. Pero con el tiempo ha degenerado en una oportunidad más, propia de las sociedades consumistas posmodernas, de gastar en superficialidades, a su lado tenemos el día del padre, el de la madre, el del profesor, el de la secretaria.

¿Qué queda del día de la mujer hoy que la mayoría de las aspiraciones que motivaron su existencia ya son logros adquiridos de las hembras? ¿Es que acaso no es noble obsequiar un chocolate a alguien cuyo trabajo o rol en general es subvalorado? No lo sé. Pero me parece que cuando los principales promotores de tal gesto son los fabricantes de chocolates algo se distorsionó en el camino.


Mi visión sobre las mujeres del nuevo milenio la expuse un día 3 de diciembre: “sólo un ciego podría desconocer que la mujer de nuestros días es más independiente, más abierta a opinar, a intervenir en la sociedad, más ambiciosa, consciente de que tiene mucho que aportar, y menos dispuesta a soportar abusos y menosprecios. Pero además de eso, me parece que han cambiado en el ámbito individual, sus gustos, pasatiempos, su estilo de vida: cada día conozco mujeres más interesantes y sofisticadas”

Revisando las citas que recogí en esta oportunidad, una muestra bastante ínfima de lo que nos entregan en la actualidad, no puedo sino concluir que son indispensables, no sólo en la cama y en la cocina. Sobre todo lo son mirándote a los ojos y diciéndote abiertamente lo que tienen que decir, lo que desean decir, sobre sí mismas y sobre el medio.

Respecto de lo que el resto diga, con buenas o malas intenciones, pretendiendo suplir su voz, me remito nuevamente a las sabias e inmortales palabras de la filósofa Olivarí: “Señora, señor, no crea tanta huevada”

Roberto

5 de marzo de 2007

Salud!!! de la Cabeza


Una de cada tres personas sufre algún trastorno siquiátrico. Depresión, angustia y ataques de pánico son las enfermedades más comunes en adultos de entre 35 y 50 años. Un 35 por ciento de la población presenta o ha tenido anteriormente un desorden mental. Todo un récord que nos acerca a la realidad de los países desarrollados, con altos índices en este tema. (cifras de Raúl Riquelme, Presidente de la Sociedad Chilena de Salud Mental, reportaje Claudia Hidalgo Rozenblum, El Mercurio, 2-1)

¿Por qué entonces la salud mental de los chilenos no es prioridad? Ni siquiera hablo de políticas públicas, sino de los mismos chilenos. No me parece que en el diario vivir los problemas siquiátricos sean un tema relevante. Poco se comentan en los blogs, por cierto (salvo algunas excepciones que precisamente me motivaron a explayarme)

Si uno de cada tres padece algún trastorno siquiátrico y rara vez, por mucho que en una sociedad individualista lo busquemos, conseguimos vivir aislados ¿no es acaso la sociedad completa la que está enferma?

Me parece que la falta de discusión del tema se debe a que aún los problemas del mate nos causan vergüenza, como la impotencia sexual, como los hongos, como el SIDA. La razón no la tengo muy clara, pero dudo que tenga que ver con sentimientos de culpa, o quizás sí. Supongo que en cada caso las razones serán diversas.

Siendo así, creo que valdría la pena considerar como parte del entorno relevante al apreciar cagadas dantescas como la implementación del transantiago, en términos tales de asumir que buena parte de los que tienen que comenzar su día apretujados como sardinas en el metro o la micro, con el corazón en la mano por el miedo a perder la pega por atrasos o inasistencias, ya eran antes de eso depresivos, neuróticos, esquizofrénicos o psicópatas (término éste último relativamente abandonado por los loqueros que prefieren hablar de “trastornos de la personalidad”) ¿Qué nos espera entonces si agregamos a su vida un problemita más?

Puedo apostar a que el tema, que no ha logrado conmover a muchos ni siquiera con noticias cada vez más habituales de suicidios de escolares, de chicas anoréxicas convertidas en huesos forrados por piel, de varios “niñitos” de las barras bravas dejando la cagada (seguramente nadie se ha puesto a pensar en su equilibrio sicológico) será verdaderamente debatido y quizás hasta implementemos políticas serias de salud pública, el día que, por primera vez un par de escolares entren armados a un colegio matando hasta a los auxiliares.

En cuanto a la relevancia que la situación tenga para los ciudadanos, me abstengo de hacer predicciones: Se supone que el loco no se da cuenta que está loco.


Mi madre me pide a gritos que deje de escribir.


Roberto.

26 de febrero de 2007

LA OCTAVA ES LA VENCIDA



Vi “Los Infiltrados” una semana después que mi señora, a principios de diciembre del año pasado. Como antecedentes preliminares consideré el visto bueno de la mayoría de los críticos, de mi compadre que ya ni se aparece por estos lados, de otro gran amigo, el Pelao Henríquez, fan de Scorsese y por otra parte opiniones disidentes de mi cuñado y de ciertos personajes que se quedaron dormidos viendo la película.

Imperdonable, porque la película es rápida, ágil y su desenlace es sorprendente. La cámara de Scorsese no se debate, como en “Casino”, o “Buenos Muchachos” en un eterno circular por parajes urbanos que a veces marea; la historia es tan dinámica que no hay tiempo para desconcentrase; no eterna como “Gangs of New York”, ni extremadamente densa como “La Última Tentación...” Sin embargo, si alguien ha seguido con cierta dedicación la obra de Scorsese, atento sólo a las imágenes podría descubrir que él es el director de “The Departed”, pese a que tal información inicialmente se le ocultara. Se trata de una “mano” que se nota. Yo tengo mis favoritas: “The King of Comedy”, “Taxi Driver” y “Raging Bull” y un par que desprecio, quizás injustificadamente: “After Hours” y “Cape Fear”.

Cada escena en “Los Infiltrados” vale por sí sola, pero la velocidad con la que se suceden no da lugar a la formación de ambientes, para algunos necesaria para el compromiso del espectador con alguno de los personajes. Son escenas muy cortas y llenas de diálogos fuertes e interesantes. Ambientes v/s diálogos.
El mérito del director es precisamente cuidar que el espectador no se extravíe, ya que resultaría imposible tratándose de este guión avocarse a la formación de ambientes complejos en menos de cinco horas.

Pero, además de hablar un poco de cine (para que no se diga que siempre pretendo hablar de algo central dando la lata con datos preliminares que terminan ciendo el alma del post) hoy mi tema es el orgullo.

Cuando le entregaban a Morricone el Oscar Honorario le comentaba a mi señora: Si a mi me hubieran despreciado tantas veces como a Peter O’Toole, Ennio Morricone o Martin Scorsese, yo no me presentaría a poner la cara para nada, ni nominado al Oscar ni a algún premio "especial". Curioso, en circunstancias que suelo jactarme de ser el ser humano menos orgulloso que existe. Entonces me pareció identificar, más que distintos tipos de orgullo,
distintos entornos en que el orgullo se manifiesta.

Scorsese tenía buenas razones para pensar que, después de haber sido nominado y preterido en siete oportunidades anteriores, lo estaban agarrando para el hueveo. Porque la cosa no es como cuando González juega con Federer: de antemano sabemos el resultado, porque sencillamente Roger Federer es mejor tensita. Scorsese había sido nominado en categorías en que pudo ser considerado varias veces el mejor (director y guionista) en batallas parejas. Por otra parte, incluso aunque las decisiones anteriores hubieran sido acertadas y justas ¿quién en su lugar no hubiera pensado que lo pretendían perjudicar? Entonces perder siete veces no deja de ser sospechoso. ¿Cómo reacciona el ser humano frente a situaciones como esa? ¿Quién de Ustedes no hubiera enviado a la Academia a la chucha? Yo lo hubiera hecho a la quinta. En esta oportunidad hablamos de reconocimientos, pero también la habitualidad en castigos, menosprecios, o golpes análogos puede llevarnos a desviar la mirada y arder de rabia mientras ignoramos nuestro entorno. Humano, muy humano.

Como es humano no pedir disculpas o desconocer el error frente al amigo o a la pareja, pese a que tenemos la conciencia de no tener la razón, es simplemente orgullo con otra vestimenta. Para mi es muy sencillo ser humilde y comerme el orgullo frente a cualquier persona. Pero no frente a instituciones o grupos de personas, no he tenido la oportunidad: pero el sólo hecho de ponerme en el lugar de Martín Scorsese me hizo concluir que no soy sincero al presentarme como el sujeto más carente de orgullo del universo.

Martín me dio una lección, en la vida.
Quizás no cambie en nada, pero siempre es bueno tener las cosas claras. Se lo agradezco, junto a su sobresaliente filmografía.

No sólo de las propias historias se puede aprender lecciones interesantes.

Roberto

PS a todo esto, no he visto ni ”Bringing Out the Dead” ni “El Color del Dinero”, por si alguien me los puede prestar, regalar o decirme dónde las puedo conseguir.

23 de febrero de 2007

EN MEMORIA DE NICO Y BART



"¡No hay justicia para los pobres en América!...¡Oh, compañeros míos, continuad vuestra gran batalla! ¡Luchad por la gran causa de la libertad y de la justicia para todos! ¡Este horror debe terminar! Mi muerte ayudará a la gran causa de la humanidad. Muero como mueren todos los anarquistas, altivamente, protestando hasta lo último contra la injusticia....Por eso muero y estoy orgulloso de ello! No palidezco ni me avergüenzo de nada; mi espíritu es todavía fuerte. Voy a la muerte con una canción en los labios y una esperanza en mi corazón, que no será destruida..."

Nicola Sacco


Datos preliminares: Soy hombre, heterosexual, liberal, de pasado DC y PPD (en ese orden) chileno, abogado, de clase media, trabajo en una institución pública, casado, sin hijos, adicto al tabaco, agnóstico, hincha de la “U”, educado en un colegio particular subvencionado, luego en las universidades de Chile, Católica y Diego Portales, cobarde, alto, con defectos físicos en los ojos, los dedos de los pies, obeso, padezco además de epilepsia, depresión recurrente de episodios aislados, y represiones emocionales de índole neurótico.

En nuestro perfil escribí con anterioridad que las circunstancias de nuestras vidas, de los creadores de ahoratodostusolo, no tendían importancia a la hora de postear en este blog, sin embargo quizás algún día revelaríamos algunas. Hoy lo hago a modo de reforzar la idea central que me motiva a escribir, a falta de un nombre mejor, me referiré simplemente al “efecto halo”.

Mi primera experiencia traumática en tal sentido fue en 1993, en la “U”, conversando con un grupo de alumnos de derecho de mi generación. En tal oportunidad comenté que uno de nuestros compañeros, ausente en ese momento, podía aportarnos bastante en un proyecto en gestación en aquel entonces. ¡¿Manuel Martínez?!-exclamó horrorizado uno de mis contertulios- ¡pero si ese huevón es facho! Pues bien, la posición política de mi amigo nada tenía que ver con la naturaleza de nuestro proyecto. Pero por esa circunstancia no conseguí integrarlo. Años más tarde, en el marco de un grupo de amigos congregados por el fútbol, fui testigo de cómo hostigaron, hasta excluirlos, a un lúcido militante de la UDI, hijo de un dirigente de derecha asesinado en dictadura (no precisamente por la dictadura) y a una amiga muy querida que a veces se pasea por estos confines del cyberespacio. Por sus ideas de derecha, demás está decirlo. Ejemplos de amigos de izquierda que padecieron una suerte similar en otros contextos, podría comentar por horas.

En otro ámbito, pero en el mismo orden de ideas, hace un par de meses un miembro de la barra brava de Colo Colo (el ejemplo podría ser al revés, no tengo otro tan fuerte) me decía abiertamente que el sentido de pertenencia a la barra, se aferraba de una idea central: destruir al enemigo, y en ese entendido, no había “chuncho” bueno, todos se merecían una paliza, la muerte a golpes, por que ellos no usaban armas de fuego, ellos, como los caciques, peleaban sólo con su valor y la naturaleza. Tuve la suerte de esconder, antes que entrara a mi, oficina un “certificado oficial de hincha de la Universidad de Chile” si no creo que mi ayuda no le hubiera parecido valiosa.

Sigamos. Uno de mis colegas “estrella”, muy bien ponderado y a cargo de importantes casos, hizo el siguiente comentario refiriéndose a las personas que viven en poblaciones marginales: “son todos malos, pero muy malos”. ¿Todos? –pregunté, bastante turbado- la respuesta no sé si fue tan en serio, pero definitivamente nos dejó perplejos a mí y a los otros que compartíamos una mesa: “SIN EXCEPCIÓN”.

Etiquetas existen millones, por eso enumeré al principio todas las propias, o por lo menos todas las que recuerdo. Por que ninguna de ellas tiene que ver con si canto bien o mal, si hablo bien o mal, si hago el amor bien o mal. Si soy buen o mal hijo. Ciertamente el repudio a todas estas formas de discriminación que he narrado forma parte del enorme saco de lo que hoy podría llamarse “políticamente correcto”, pero no nos engañemos, de alguna manera resulta muy difícil abstraerse de las etiquetas a la hora de relacionarnos con nuestros semejantes. Porque mientras no las desterremos de las apreciaciones más simples el ejercicio no está completo. Así, creo que no a muchos les parezca que la voz de Frank sea pésima, por que era mafioso y racista. Sin embargo demasiados consideran que Gloria Simonetti o la Paty Maldonado cantaban mal. ¡Por favor! serán pesadísimas, (opinable) derechistas en extremo (incuestionable) su estilo al cantar podrá ser cursi (opinable) pero llegar al extremo de apreciar su voz con un oído político me parece lamentable.

Digamos que Pinocho jugaba bien a la escoba, que tenía una habilidad innata para terminar con los oros y el siete de velos en su poder, sin robarlos por cierto, o tenía otro talento similar, ¿quién sabe? mientras no nos anticipemos a negar tal posibilidad, a pensar que hasta nuestro enemigo más acérrimo puede tener alguna virtud, no estamos caminado en la dirección correcta. De alguna manera todos los días repetimos la lógica que llevó a Sacco y Vanzetti a la silla eléctrica sólo por ser obreros, anarquistas e italianos.

Si chocan en un accidente dos automóviles, el causante de él no será, como en el chiste, el negro, judío, maricón y argentino. Ni siquiera necesariamente el que iba ebrio. Tampoco el culpable dejará de serlo porque es un modelo de esposo, en circunstancias que el otro conductor iba en el auto con la amante. ¿Por qué nos cuesta tanto distinguir las cosas? Remontándome a la “Breve Historia de los Estados Unidos” contenida en Bowling for Columbine, coincido con Moore en que en la base del odio está el miedo.

Hoy en la mañana conversaba con un amigo que deberá enfrentar un tribunal de familia presidido por una jueza. Mujer. Si viviera en un mundo soñado, debería haberle dicho con confianza: "no te preocupes, no te considerarán culpable, y a tu mujer inocente, sólo porque la jueza es mujer". Pero en el ámbito de nuestra sociedad, tuve ganas de decirle: "agradece que la causa es por violencia intra familiar y no por violación"


Espero que el día que esté en el banquillo de los acusados, lo esté por lo que hice y no por alguna de mis etiquetas, que enumeré al principio. Mi compromiso en esta oportunidad es apreciar cada uno de sus actos, gestos, talentos, por lo que son, enviando el “efecto halo” al basurero.

Donde debería estar.


Roberto.

4 de febrero de 2007

Lo Público y lo Privado en los días del Google Earth.

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Definir que es público y que privado de la vida de las personas es hoy, más que nunca una cuestión ardua. Existe en tal sentido una tremenda nebulosa en que confluyen intereses diversos, justificaciones diversas y mucho de voyeurismo y exhibicionismo.

En la era de los reality shows, ya casi en decadencia, nadie podrá negar el gusto por saber las intimidades del otro. Así recientemente muchos disfrutaron de aspectos triviales de la vida de la “Geisha Shilena” en “The Beautiful People”. Para qué decir en lo que se ha transformado LUN. Es evidente que buena parte de la sobre exposición mediática de la vida supuestamente privada de los famosos es una consecuencia no sólo de la aquiescencia de los mismos, sino también de su tremendo interés en que la gente sepa más sobre ellos. A otro nivel, buena parte de los blogs y fotologs evidencian el interés de sus autores en dar a conocer algunos aspectos, más o menos acotados, de sus vidas a la comunidad de internet. Todo sin mayor cuestionamiento, salvo en aquellos casos en que, por ejemplo, a alguien se le ocurre exhibirse desnudo en el balcón de su departamento. Parece que existe relativo consenso en lo que se puede o no mostrar y en qué ámbito.

Sin embargo los problemas comienzan en serio cuando no estamos de acuerdo en permitir al resto el acceso a nuestra intimidad. No es mucha la diferencia material entre quién se desnuda en un balcón y quien lo hace en la azotea. Pero es evidente que el que lo hace en la azotea tiene la razonable expectativa de que no existen cámaras filmándolo o fotografiándolo desde el espacio. Pues bien eso es pasado. Hoy Google Earth, puede hacerlo, y las imágenes en un futuro no muy lejano quizás tengan la nitidez suficiente como para poder contemplar con claridad cada centímetro de piel. Cada pelito. Pero la verdadera molestia respecto del funcionamiento de este sorprendente programa no se originó en quienes gustan de tomar el sol en “traje de Adán o Eva”, sino, como era de esperar, en países que se sintieron bastante desnudos al permitirse la pública exhibición de lo que vendría siendo algo así como el poto o las tetas: sus sistemas de defensa. Y las reacciones fueron inmediatas. De este modo, “Las imágenes de las instalaciones científicas y de defensa indias se verán borrosas en los mapas de Google Earth, que acordó dificultar la vista virtual de estos sitios "sensibles" por el temor de autoridades de Nueva Delhi". (Domingo 4 de Febrero de 2007, DPA) Descubrimos entonces otro elemento que determina cursos de acción en esta materia: el poder.

En tal sentido una distinción que me parece bastante razonable en cuanto al nivel de protección que Estado le brinda a la vida privada de las personas, se funda en considerar, tanto si detenta o no una función o empleo público, como cuanto de su parte pusieron las personas para que en definitiva nos lleguen a importar fundadamente los vericuetos más íntimos de sus existencias. Así, la protección de la vida privada de un funcionario público de elección popular, (Senador, Alcalde, etc.) debería ser la menos intensa, toda vez que en sus correspondientes campañas suelen forjar una imagen sobre sí mismos que resulta relevante durante el ejercicio de sus funciones, y no parece ilegítimo pedirles rendir cuenta de la misma. Evidentemente eso no justifica instalar una cámara en su baño, pero sí un control mucho menos limitado de sus vidas que el que podríamos tener sobre Juan Pérez, respecto de quién, sólo se justificaría intervenir en su privacidad en caso de investigarse un delito, con elementos de juicio previos que de alguna manera justifiquen que es prudente hacerlo.

Tales criterios, que por cierto no son una creación mía, de todas maneras no solucionan de ninguna manera casos menos claros. ¿Los personajes de la farándula tienen menos protección de su privacidad que cualquier mortal? ¿Podemos suponer la existencia de “autorizaciones presuntas” para ventilar la vida privada de las personas? ¿Qué rol le cabe a la prensa y al derecho a la información de las personas? En fin. Bastante arduo.

También convendremos que no todos somos tan sensibles con las más o menos (la mayoría de las veces “menos”) relevantes circunstancias de nuestra intimidad. Me remito a expresado en nuestra auto descripción fundacional: Nuestras vidas son modestas y simples, nos reservamos pudorosamente sus detalles. Tal vez algún día revelaremos algunos. También hago propias las sabias palabras de mi amiga Kein: “A mi espacio público son todos bienvenidos al privado, sólo unos cuantos”.

Roberto.


28 de enero de 2007

A propósito de la "Pequeña Gigante"


Mientras escribo estas letras la “Pequeña Gigante” duerme en la Plaza de la Constitución, mañana continuará su colorida búsqueda del rinoceronte infame. Pues bien, durante estos días han sido muchas las opiniones que he escuchado, expresiones de admiración, de extrañeza, de ira, de desconfianza, etc. a propósito del sofisticado trabajo de la Royal De Luxe. De esta manera, pude recordar varias interesantes polémicas, que sobre arte, cultura, economía, esparcimiento, en fin.

Comenzaré por la más antigua, en el marco de una discusión sobre el fútbol, un muy estimado personaje, tras denostar el balompié continuó menospreciando, por extensión, los deportes y en general toda actividad no orientada directamente a la producción de “riqueza”. Pocas veces una opinión me ha producido más rechazo. Por que si el bienestar consistiera exclusivamente en la producción de alimentos, medicamentos y dinero, nada nos distinguiría de los animales, como el perverso rinoceronte: sus vidas transcurren día a día centradas en la mera conservación individual o grupal. Si hay algo que tengo claro es que los seres humanos somos complejos y buscamos algo más, muchas cosas pueden llenar nuestras vidas, en mi caso particular, y asumo que en muchos otros, el amor por la belleza, la magia, las destrezas, el juego, los colores, significa mucho, aunque tales vivencias no nos hagan un centavo más ricos en términos estrictamente materiales.

Acto seguido, para algunos parece interesante debatir sobre que es arte, en sentido estricto, y que creaciones humanas no lo son. Así, el viernes en la tarde perdido entre la multitud que pretendía acercarse a la “Pequeña Gigante”, escuché el airado comentario de un padre de familia, aparentemente presionado por sus hijos para asistir al evento, molesto por las incomodidades de la superabundancia de seres humanos por metro cuadrado, exclamó “tanta alharaca por una mona con patas”. Me acordé entonces de la “Casa de Vidrio”, la Paty Rivadeneira envuelta en la bandera Chilena, Próceres con tetas, multitudes en pelotas fotografiadas por Tunick y, sobre todo de la más reciente exposición "Triángulo de amor", de Marco Evaristti, presentada en la Galería Animal en que se exhibió excremento bañado en oro y se sirvieron albóndigas de carne humana. ¿Arte? Para la RAE, arte es una “manifestación de la actividad humana mediante la cual se expresa una visión personal y desinteresada que interpreta lo real o imaginado con recursos plásticos, lingüísticos o sonoros”, ¿vale la pena distinguir que es arte y que no? A mi juicio es bastante intrascendente.

Lo acertado, honesto y valioso es simplemente admirar y abrir espacios para los sentimientos genuinos y el placer de dejarse llevar por aquello que realmente genera emociones intensas o simplemente nos parece bello. En la práctica, da lo mismo si el mojón de oro es arte o no, quien disfrute contemplándolo no debería merecer reparos. Diferente y al menos merecedor de burla me parece la tendencia de algunos a considerar que sólo ciertas obras son propiamente arte y en tal sentido respetables: Las indicadas por intelectuales de barba, boina y pipa, siempre y cuando sus autores tengan nombres intrincados o extraños y en mayor o menor medida según el prestigio del que gocen sus creadores (¿Han oído hablar del “Efecto San Mateo”?)

Para mí la caca, pese a estar bañada en oro y evocar una serie de emociones sobre la superficialidad de nuestros tiempos, no deja de ser caca, al igual que la famosa lata de Andy Warhol es sólo una lata. Pero suelo entrar en éxtasis al contemplar, lo que para otros muy legítimamente sólo será una extraña disposición de un par de animales y ruinas abstractas en tonos opacos, como es Gernika. Y ciertamente aluciné con la “Pequeña Gigante”. Entre otras razones porque la primera vez que la vi, por TV, me pareció una idea lúdica, emotiva, colorida, extremadamente original y que transforma toda una ciudad en el escenario de una aventura épica. Algo que tanto le hace falta al gris y apagado Santiago de nuestros tiempos. Por eso me dolió cuando, el sábado en la mañana escuché algunos insultos dirigidos al tontón que en la primera fila entorpecía la visión de un espectáculo supuestamente dirigido de manera exclusiva a los niños.



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De este modo me sumerjo en la última y más compleja cuestión, que en parte cubre las anteriores: admitiendo que cada cual se conmueve como mejor puede y con lo que de manera más directa le llega a la cuchara ¿Cómo el Estado decide que promueve y qué no, qué financia y qué no?

En la red encontré éste comentario: “Poner una micro vieja y chatarrienta arriba de otra no es arte...ni mucho menos expresión de cultura. Tampoco podemos ser tan giles para pensar que porque en las noticias dicen "muestra cultural" nos vamos a pegar con una piedra en el pecho creyendo que consumimos cultura. Simplemente lo veo como uno de los tantos espacios usados por los concertacionistas para sacar plata del fisco por aquí y por allá...si no, no me explico donde van los 800 millones de pesos que costó todo este circo. Mejor se debería premiar a algun "artista" local que con mucha menos plata de seguro pudo haber hecho algo mejor y de paso con mayor proximidad a lo que realmente es nuestra cultura e idiosincrecia (sic) nacional....” (Simplemente firma “Cata”)

Lo primero que cabe aclarar es el dinero para traer a la “Pequeña Gigante”", tiene un origen predominantemente privado (supongo que “ENTEL” algo habrá puesto porque varias de las fotos que tomé se “ensuciaron” con, tan gigantes como la propia pequeña, globos con su logo institucional) Entiendo que la fundación Santiago a mil hizo un importante esfuerzo por más de un año para lograr financiar el helado, la ducha con ropa (¡que decepción! juraba que la podría ver desnuda) los “liliputenses” y el resto de la parafernalia.

Ahora, supongamos que así no hubiera sido. Creo que hasta los más liberales (como yo) convendrán que parece razonable que un Estado democrático destine una parte de sus recursos a la cultura, el esparcimiento o la simple diversión de las personas. Lo verdaderamente difícil es determinar cuanto y a qué, sobre todo si están de acuerdo conmigo, en la validez de toda expresión como las mencionadas. Evidentemente no puedo entregar una respuesta definitiva y universal a una cuestión que tantos dolores de cabeza ha traído. Pero creo que la lógica democrática permite de alguna manera establecer ciertas reglas del juego básicas, como financiar aquello que las personas mayoritariamente reclaman: En tal sentido difiero una vez más de lo planteado por "Cata", reconociendo quizás que mi postura en este punto es minoritaria: No veo por que tendríamos que privilegiar a los artistas locales. Prefiero que se entregue a la población lo mejor y más reclamado independientemente de su origen, no me tienta para nada la idea de imponer una suerte de sustitución de importaciones en materia cultural.

Y en ese sentido, también, valoro una vez más la presentación de la “Pequeña Gigante” porque nos ha permitido acercar a los chilenos a un mundo menos convencional y aburrido que el que nos agrede a diario, para, por lo menos, tener en cuenta que la experiencia fue contemplada, disfrutada, aplaudida por miles de entusiastas de todas las edades y, por lo mismo, valdría la pena repetir presentaciones al menos semejantes. Vislumbro la justificación de su costo en la sonrisa del pueblo.

¡Suerte pequeña!, me enamoré de ti.

Roberto


19 de enero de 2007

TRANSANTIAGO



En pocos días más veremos si uno de los proyectos “estrella” de la Concertación logra hacer más fácil la vida de los santiaguinos. Recuerdo, hace un par de años, haber presenciado una exposición bastante convincente del entonces Subsecretario de Transportes Guillermo Díaz, que prometía una verdadera revolución, enumerando virtudes: rapidez, seguridad, conectividad, modernidad, etc. Entonces, me retiré únicamente pensando en un factor que supuse sería la piedra de tope: el precio. En su momento vivimos una experiencia desastrosa en materia de modificaciones al transporte público como fue la pretensión de introducir los cobradores automáticos. Pensando en que con tal lección, no sería posible un nuevo fracaso rotundo y en que, no se cambia algo que funciona relativamente bien, por un sistema menos perfecto, debo reconocer que me ilusioné.
El primer golpe, para mí, fue ver que los nuevos “super” buses, tenían muy pocos asientos. Es cierto, no tengo porque suponer que todos comparten mi aversión a permanecer de pié y por eso, sencillamente descarté ese reparo. El segundo fue el gran golpe que significó la postergación de la entrada en vigencia, debido a una serie de complicaciones, que ya todos conocemos. Pero si la entrada en vigencia de la reforma procesal penal se postergó en Santiago y hoy funciona como reloj (modestia aparte para los que me conocen) tampoco ese sería un argumento en contra muy poderoso. Siempre y cuando la tontera funcione bien en Febrero. Pues ¿alguien cree que será así? En realidad hoy me sorprende ver a todo el mundo pesimista. Yo tengo mis razones, toda vez que viajo al trabajo en metro y, al parecer, con la cantidad de pasajeros que lo saturará, no podré embarcarme en la estación Departamental para bajarme en Rondizzoni. Tampoco algún recorrido de bus cubrirá ese trayecto. Así que, deberé tomar taxi o, ¡quién lo iba a creer! aprender a manejar y comprarme un Austin Mini, como siempre soñé.
Mi compadre apesadumbrado me comentaba que desaparecerá uno de los mejores servicios que durante años benefició a los habitantes de San Bernardo, los Pullman. Un amigo reclama que su abuelita sencillamente quedará confinada a su hogar porque será imposible que se adapte al sistema de la tarjetita y a los nuevos recorridos. En fin, todos tienen una objeción. Para que decir quienes perderán su fuente de ingreso. Pero creo que la principal de todas es sencillamente la enorme dificultad que la gran mayoría de la población tendrá para cambiar en mayor o menor medida su estilo de vida. ¿Valía la pena?



Roberto



1 de enero de 2007

LOS MUERTOS DEL 2006




El año recién pasado fue particularmente intenso en materia de muertos. Podríamos emular el clásico de R.E.M. “Is the end of the World...” con una cadenciosa enumeración de personajes que el 2007 ya no están. A varios de ellos nos referimos en el blog.

Sin duda, para nuestro país, el muerto más simbólico es Pinochet. Su muerte representa el final de una época: algunos la llamaron eufemísticamente transición. Siguiendo a mi estimado profesor Peña “Las cosas terminan de verdad cuando somos capaces de reconocer sus sombras”. Tales sombras nos acompañarán por mucho tiempo, pero ya no se hablará de búsqueda de justicia ni de castigo. Tampoco de lealtades incondicionales ni disculpas. Sólo quedan las morbosas pero magníficas expresiones de humor gráfico. Para muchos el único consuelo es poder reírse en el momento más frágil del dictador y su familia. También el año pasado murió Stroessner, quién iba a decir que partirían casi juntos.

Hace un par de días, muy lejos de acá, se fue Saddam, el gran amigo del Tío Sam en los años ochentas, el socio estratégico, el contacto comercial. Como cambian las cosas, partió como muchos hubieran querido que se hubiera ido Pinochet. Pero nosotros no somos gringos (evidentemente no podemos hablar en este caso de tribunal imparcial ni independiente, sino de una reedición de Nüremberg, obra y gracia de Estados Unidos y no de Irak) bien por eso, un país que se olvida de su decencia con el ánimo de hacer justicia, a mi juicio, camina en la dirección equivocada.

Muchos otros murieron y antes de terminar el año nadie se acordaba de ellos. Es cuestión de ver los obituarios del año en las numerosas publicaciones, que aprovechan la oportunidad para repetir material: Carlos Helo, José María Langlais, Rocío Durcal, Rocío Jurado, Slodoban Milosevic, Jean Francois Revel, Jorge Porcel, Oriana Fallaci, Sergio Santander, Glenn Ford, Steve Irwin, Patricio Bunster, Milton Friedman, Gabriel Donoso, Robert Altman, Juan Azúa, Gerald Ford y James Brown.

Quedamos nosotros, la piedra en manos del frentista, del jugador de “payaya” o del escultor, es la misma y los resultados del actuar humano pueden ser muy distintos, el 2007 también, en principio nace para que hagamos lo que queramos de él.

Roberto


20 de diciembre de 2006

Relevancia del Concepto de Persona en el Tratamiento Jurídico del Aborto.

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Nuestra Constitución, contempla en el artículo 19 de su texto, una serie de derechos fundamentales, cuya titularidad asegura a todas las “personas”. La noción de persona natural comprende desde una perspectiva jurídica a "todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición” (artículo 55 C.C.) y en tal sentido se ha producido un intenso debate sobre si la noción del Código Civil corresponde al titular de los derechos fundamentales detallados en el artículo 19 de la Constitución y además sobre que entidades específicas resultan comprendidas por tal concepto.

Asumiendo que el fundamento de los derechos humanos, desde una perspectiva filosófica, se ha identificado en la noción de dignidad humana, resulta pertinente considerar tal cualidad, fundada, a su vez, en la autonomía moral, en cuanto se traduce en la idea de que toda persona es un fin en sí mismo, y no puede ser utilizada como medio para alcanzar otro fin, para determinar con precisión quienes son los titulares de los derechos que la constitución asegura, y en particular del Derecho a la Vida. Será entonces fundamental precisar el momento en que se inicia la vida de un ser humano,”este establecimiento debe estar exento de toda valoración subjetiva y normativa, por cuanto lo que interesa es saber cuando hay un ser humano, para luego responder desde cuando hay un nuevo ser con dignidad. Por tanto, debemos recurrir únicamente a las ciencias de la embriología y la genética”[1]

La jurisprudencia nacional ha considerado que la protección constitucional del ser humano comienza con la concepción del mismo, esto es, desde la unión de un óvulo con un espermatozoide[2] “a partir de ese momento, el embrión dispondría de un código genético propio, dotado de la estructura dinámica necesaria para su desenvolvimiento ordenado, orientado y gobernado hacia el término de su ciclo vital”[3] No cabría sino concluir que, siendo así, la protección constitucional que corresponde a un óvulo fecundado debería ser exactamente la misma que aquella de la cual debería gozar un embrión en cualquier otra etapa posterior de gestación, un recién nacido o un ser humano adulto.

Ahora bien, para construir una solución adecuada al problema jurídico del aborto, deben tenerse en cuenta además una serie de factores, de orden constitucional y legal, comenzando por la definición del concepto de aborto, no especificado en nuestra legislación. En Chile, la doctrina y jurisprudencia, en materia penal, se han inclinado mayoritariamente por entender el aborto como aquella conducta consistente en “dar muerte al feto”, entendiendo por tal “el producto de la concepción en todas sus etapas de desarrollo”[4] Sin embargo, pese a que tal conceptualización ha sido recogida con alcance general, no debemos olvidar que no sólo tiene importancia lograr un adecuado tratamiento penal del aborto, toda vez que el derecho a la vida no sólo puede afectarse como consecuencia de conductas tipificadas penalmente, la protección constitucional de la vida, tiene un alcance amplio.

Además, debe tenerse en cuenta que la vida pese a que se ha considerado el más importante, no es el único derecho que garantiza nuestro sistema constitucional, también debe considerarse que en muchos casos pueden producirse conflictos entre el derecho a la vida de la madre y la vida del nasciturus. Además cabe considerar que la intensidad de afectación de los derechos parece también ser relevante, en términos tales que pese a la importancia que el constituyente asigna a la protección de la vida humana, podría considerarse, por ejemplo, más grave una afectación más intensa de otro derecho fundamental, que un mero riesgo o afectación de muy baja intensidad a la vida. Finalmente, parece evidente que las motivaciones de una eventual afectación, tampoco son irrelevantes.

En tal sentido, vale la pena rescatar la experiencia comparada, en que se han formulado valiosas construcciones orientadas a proporcionar una solución integral a la cuestión que nos convoca. Así, en los Estados Unidos, en cuyo sistema no existe una consagración específica del Derecho a la Vida, la Jurisprudencia ha desarrollado un interesante ejercicio de ponderación de valores para efectos de establecer estándares que permitan proporcionar soluciones a cada caso específico. El pilar de tal desarrollo lo encontramos en la sentencia del caso Roe v Wade, de 1973[5], que asume que el derecho a la privacidad es comprensivo no sólo la protección del derecho al secreto, sino también de la facultad de las personas de adoptar decisiones relevantes en el curso de sus vidas, como interrumpir el curso de un embarazo, sin interferencias de terceros ni del Estado, Sin embargo, la Corte Suprema Americana, argumentó además que tal derecho debe armonizarse de manera razonable con el interés del Estado en brindar adecuada protección a la vida y a la salud de la madre y al nasciturus.

Para resolver entonces la cuestión central: en qué circunstancias el legislador podría de manera legítima proscribir el aborto y consecuencialmente afectar el derecho a la privacidad de la madre, la Corte se centró en identificar la intensidad de los intereses en juego, considerando evidencia empírica para resolver que desde el segundo trimestre de embarazo, existiría un interés suficientemente intenso (“compelling interest) en proteger la vida del embrión que permitiría al legislador proscribir el aborto en términos razonables, compatibles con la salud maternal y sólo en el último trimestre podría establecerse una proscripción de alcance general, que aún así permitiría ciertas excepciones.

Tal jurisprudencia se ha sostenido hasta nuestros días en lo esencial, variando en cuanto se ha considerado el criterio de la diferenciación de períodos de gestación demasiado rígido, pero permitiendo aún la regulación normativa del aborto fundada en la lógica subyacente.

El tratamiento del aborto en el sistema constitucional alemán, ha sido distinto fundamentalmente porque el artículo 2° de la Ley de Bonn asegura el derecho a la vida a “todo aquel que viva” y, por consiguiente, el Tribunal Constitucional alemán ha resuelto que no proteger al producto de la concepción desde el comienzo pondría en peligro la seguridad de la existencia humana. Sin embargo, el sistema alemán permite al legislador abstenerse de penalizarlo en ciertas circunstancias, toda vez que la consagración del derecho a la vida “...provee razones tanto para la protección del nasciturus como para aceptar la libre decisión de la madre de abortar. A diferencia de lo que ocurre en la práctica federal norteamericana, en el caso alemán (el argumento para solucionar el problema del aborto) es que el derecho a la vida es un derecho que asiste al nasciturus y a la madre”[6] No se considera, como en el caso norteamericano, con particular atención el interés del Estado, toda vez que el sistema alemán, como el nuestro, también se basa en la idea de dignidad del ser humano como fundamento de los derechos fundamentales, al que hacíamos referencia al comienzo.

En nuestra práctica constitucional, más por la manera como se ha construido la cultura jurídica de los operadores del sistema que por una cuestión estrictamente normativa,“los derechos fundamentales son examinados, más bien, en una perspectiva ontológica. Conforme a esta perspectiva, no son vistos como mandatos de optimización dirigidos al estado,(...) que pueden entrar en colisión con otros igualmente intensos, sino que en nuestro país los derechos fundamentales son vistos como una propiedad intrínseca de las personas”[7] Siendo así, resulta fundamental considerar quienes y desde cuando son personas, toda vez que el Estado no podrá, en principio vulnerar sus derechos fundamentales. Sin embargo, como observábamos antes, tal planteamiento no soluciona los problemas derivados de la consagración de una multiplicidad de derechos fundamentales y de su distinta importancia relativa, como tampoco de la posibilidad de colisión de derechos, de distintos titulares y de las diversas intensidades de afectación a los mismos.

En lo relativo al tratamiento jurídico del aborto, debe considerarse que, además del derecho fundamental a la vida, el artículo 19 N°1, en su inciso segundo, dispone que “la ley protege la vida del que está por nacer”, lo que, según se consignó en las actas de la comisión de estudio, importa asignar al legislador la tarea de decidir en qué términos y desde cuando protegerá la vida del que está por nacer[8]. Lo que, desde luego, no importa la obligación de fuente constitucional de prohibir absolutamente y sin excepciones el aborto contemplando un tipo penal concreto de amplio alcance. Sin embargo buena parte de la doctrina constitucional nacional así lo ha entendido: “supone que la intención de esa ley es prohibir absolutamente el aborto”[9]

Asumiendo que “la determinación del significado de un precepto constitucional requiere discernir las relaciones entre dicha norma y el resto de los artículos de la Constitución Política”[10], pues, “la interpretación constitucional no se agota en el análisis gramatical de las palabras de la Carta Fundamental ni en el estudio de la intención que tuvo el constituyente al formularlas”,[11] no podemos sino concluir que la solución normativa al problema del aborto necesariamente debe considerar la multiplicidad de derechos fundamentales asegurados expresamente por el constituyente, así como por los tratados internacionales vigentes en Chile, la distinta importancia relativa de cada uno, y los distintos niveles de posible afectación de los mismos. Así, por ejemplo, no se ve razón objetiva alguna para privilegiar la vida del embrión a la de la madre, en caso de conflicto, considerando que, además del derecho a la vida, la Constitución asegura a todas las personas la igualdad ante la ley, y que ello se ha expresado, por ejemplo en materia penal, en un fundamento para una consagración amplia de la legítima defensa como eximente de responsabilidad penal.

Podemos concluir en definitiva que, entender que el titular de los derechos fundamentales en nuestro sistema es la persona, y ella es tal desde la concepción, no importa asumir que, sólo por ello y automáticamente, el producto de la concepción goza de una protección constitucional de tal intensidad que importa la obligación del legislador de sancionar penalmente todo atentado en su contra, cualquiera sean las circunstancias. La misma noción de persona fundamenta otros derechos fundamentales, como la vida, la salud, la igualdad ante la ley, la libertad de conciencia, la privacidad, etc. eventualmente de otros titulares como la madre, lo que más que permitir exige un tratamiento razonable de cada situación considerando sobre todo los criterios anteriormente expuestos.

En particular consideramos que no se ha estudiado con la adecuada profundidad la importancia de la intensidad de la afectación de los derechos y la motivación de la misma, a la hora de resolver los conflictos que se han planteado, toda vez que, por ejemplo, la finalidad de protección social que inspira la distribución de mecanismos anticonceptivos de emergencia, eventualmente abortivos, es diversa y reclama un tratamiento diferente de la que motiva a un médico a practicar un aborto simplemente porque la madre no desea dar a luz. Creemos que aunque las soluciones en definitiva no resulten radicalmente distintas a las actuales, pues en la mayoría de los países existe alguna figura penal de aborto, al menos el intencional causado por un tercero sin consentimiento de la madre, es importante que el debate constitucional en el futuro avance sobre la base de entender de manera dinámica el rol de los derechos fundamentales.

Espero que no se hayan aburrido y algún comentario interesante.

Roberto.

[1] García, Gonzalo “Bases Jurídicas para una Discusión Seria sobre el Aborto V/S Derecho a la Vida” Santiago, 2006, Pág. 2
[2] Corte Suprema, sentencia Rol 2.186, 2001, recurso de protección, considerando N° 18
[3] Fermandois, Arturo “La Píldora del Día Después, Aspectos Normativos” Estudios Públicos, 95 (Invierno 2004) Santiago, 2004. Pág. 95.
[4] Politoff , Sergio; Grisolía, Francisco y Bustos, Juan. “Derecho Penal Chileno. Parte Especial. Delitos Contra el Individuo y sus Condiciones Físicas” Editorial Jurídica de Chile, Santiago, Segunda Edición, 1993. Pág. 142.
[5] Roe v Wade, 410 US 113 (1973)
[6] Peña, Carlos. “Practica Constitucional y Derecho a la Vida” Universidad Diego Portales. Santiago, 2006. Pág. 10-11
[7] Ibid. Pág. 12-13
[8] Actas Oficiales de la Comisión de Estudio, sesión 87°. Pág. 11-15.
[9] Cea, José Luis. “Derecho Constitucional Chileno, Tomo II, Derechos, Deberes y Garantías” Ediciones Universidad Católica de Chile, Santiago, 2004. Pág. 100.
[10] Zapata, Patricio. “La Jurisprudencia del Tribunal Constitucional, Parte General”Biblioteca Americana Universidad Andrés Bello, Santiago, 2002. Pág. 48.
[11] Ibid.


7 de diciembre de 2006

VALORES EN TENSIÓN EN EL SISTEMA PROCESAL PENAL EN MATERIA PROBATORIA


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El artículo 19 Nº3 de nuestra Constitución, en particular su inciso quinto, garantiza a toda persona el derecho a lo que en doctrina se ha denominado un “justo y racional procedimiento”, el cual supone la existencia de normas, de rango legal, que configuren un marco cierto y legítimo para ventilar los litigios en los cuales el Estado busque materializar su pretensión punitiva. Asumido ello, no cabe duda que uno de los valores primordiales de nuestra normativa procesal penal debe ser el respeto a los derechos y garantías constitucionales, en cada una de las diversas etapas de los distintos procedimientos.

Sin embargo, tal pilar del sistema debe ser entendido de manera razonable, y por tanto es procedente ponderar también otros valores y principios que inspiran el mismo, evitando privilegiar de manera desproporcionada el respeto irrestricto de las garantías constitucionales, a todo evento y sin excepciones, toda vez que una visión extrema, haría imposible que el Ministerio Público pudiera efectuar una persecución penal de los infractores de manera efectiva. Tal efectiva persecución por parte de los organismos estatales, es también un valor medular del sistema. De este modo buena parte de las restricciones a las garantías fundamentales, necesarias para los fines del procedimiento, inspiradas en las necesidades de persecución penal se encuentran reguladas en el propio Código Procesal Penal; como el régimen de detención y el de medidas cautelares personales, que sin duda afectan la libertad de los imputados, una de las garantías fundamentales más importante de cualquier persona.

Pero, empleando criterios adecuados de interpretación, podemos concluir que existen otras circunstancias, no previstas expresamente en el código en que la plena observancia de las garantías fundamentales debe entenderse asumiendo una óptica que suponga la existencia de valores en conflicto. En materia probatoria, evidentemente existe tensión entre los valores mencionados. Por una parte, nuestra normativa persigue que los actores respeten los Derechos Humanos al buscar los medios para justificar en juicio sus respectivas teorías del caso, estableciendo restricciones tajantes en tal sentido, en atención a que las consecuencias de la actividad probatoria son determinantes en decisiones de altísimo impacto en la vida de las personas, por lo que la motivación a proceder de manera irregular, y en especial afectando derechos fundamentales, es alta, y de no establecer cortapisas, los resultados podrían ser trágicos, incompatibles con la plena vigencia de un Estado Democrático de Derecho.

No se puede desconocer, por otra parte, que también se busca que el Estado desarrolle toda actividad legítima tendiente a obtener los medios de convicción que le permitan respaldar en juicio su pretensión punitiva, toda vez que la comunidad tiene un poderoso interés en que quien cometa un ilícito sea sancionado con arreglo a las disposiciones penales vigentes.

Así, en materia probatoria, no resulta adecuado aplicar soluciones binarias como sería concluir que si existe alguna vulneración, por mínima que sea, de cualquier garantía fundamental, de cualquier interviniente, en el marco de la actividad del ente persecutor tendiente a la obtención de prueba, tal prueba debe, necesariamente, considerarse inadmisible y ser excluida en la audiencia de preparación de juicio oral.

Es imperativo que los intervinientes en el proceso penal construyan estándares, que, por vía jurisprudencial, nos permitan determinar en que circunstancias la afectación de garantías fundamentales en la obtención de prueba debe traducirse en la inadmisibilidad de la misma. Lo anterior debido a que el artículo 276. inciso C.P.P. dispone: “Del mismo modo, el juez excluirá las pruebas que provinieren de actuaciones que hubieren sido declaradas nulas y aquellas que hubieren sido obtenidas con inobservancia de garantías fundamentales”, y tal consagración parece ser amplia e irrestricta, en términos tales que cualquier afectación de derechos fundamentales en la obtención de prueba, de cualquier intensidad, cualquiera sea el titular del derecho en cuestión y en cualquier circunstancia, obligaría al juez a excluirla. Creemos que tal interpretación radical no es adecuada y que los términos de la redacción de la norma resultan desafortunados.

Así, según cierta jurisprudencia norteamericana
[i], el principio de buena fe del agente, quien supone haber obtenido prueba habiéndose comportado de manera legítima, permite considerar admisible dicha prueba, pese a que en rigor ha sido lograda violando garantías fundamentales: por ejemplo, la prueba obtenida por policías, que suponían de buena fe que una orden judicial los habilitaba para efectuar un registro a una persona o lugar determinados y ésta adolecía de vicios.

En el sistema español, se ha aceptado también la excepción de buena fe, en términos similares
[ii], basándose en la existencia de necesidades esenciales de tutela, del derecho fundamental vulnerado: frente a la actuación carente de cobertura jurídica o cuya cobertura resulta insuficiente, tal necesidad no existe, según los sentenciadores, en casos en que los agentes se encuentren de buena fe y por lo mismo no justificaría la exclusión de prueba.

En nuestro sistema la cuestión genera opiniones disímiles. Concordamos con quienes plantean que la admisibilidad de la prueba en los casos como los que comentamos “depende de la gravedad con que la actuación ha vulnerado los derechos fundamentales (...) se debe examinar la naturaleza de la violación o, si se prefiere, la gravedad de la violación producida en alguno de los requisitos necesarios para validar la actuación”.
[iii] Tal es un desafío a establecer estándares razonables que permitan determinar en cada caso concreto si la intensidad en el vicio o la afectación de derechos, en los casos de agentes de buena fe, debe importar la exclusión de prueba.

Además, el mero criterio de proporcionalidad, independientemente de la buena o mala fe de los agentes que obtienen la prueba, puede plantearse como excepción a la exclusión de prueba. Son innumerables los casos en que nuestro legislador recurre a la regla de proporcionalidad para efectos de solucionar conflictos de valores fundamentales para el sistema: así, el artículo 159 C.P.P. restringe la acción de la nulidad procesal en los casos en que es desproporcionada a las consecuencias negativas que acarrea, los artículos 140, 141 y 155 del C.P.P. suponen y expresan soluciones de proporcionalidad para determinar los casos en que es procedente resolver medidas cautelares personales en contra de los imputados, y la intensidad de las mismas. Por otra parte, los procedimientos abreviado, simplificado y monitorio (388 y siguientes, y 406 y siguientes C.P.P.) contienen una serie de normas bastante distantes de una comprensión amplia y garantista del derecho fundamental a un justo y racional procedimiento: basta para ilustrar lo dicho, recordar que en el procedimiento monitorio, es suficiente que el requerimiento presentado por el Ministerio Público se encuentre “suficientemente fundado” sin exigir ningún tipo de cualidad adicional de la prueba que lo respalda, para que, acto seguido y sin debate alguno sobre admisibilidad de la prueba ni cuestión sobre eventual infracción de garantías en el modo de obtenerla, el imputado sea derechamente condenado sin proporcionarle siquiera la posibilidad de defenderse.

Así, podemos concluir que “la proporcionalidad constituye un principio relevante en el derecho procesal penal. En el particular ámbito de la prueba ilícita, podría justificar ciertos casos de excepción a la regla de la exclusión. Es decir, en virtud del principio de proporcionalidad podrían admitirse pruebas ilícitamente obtenidas”
[iv]

En otro orden de ideas, algunos autores han considerado que “cada vez que se pretenda hacer valer en el proceso un medio probatorio obtenido extra-procesalmente con violación de tales derechos, (fundamentales) el juez, en cumplimiento de su deber de respetar y de promover los mismos, está obligado a considerar aquellas pruebas desprovistas de valor y, por tanto, a excluirlas de ser rendidas en contra de su titular”
[v] A contrario sensu, aún siguiendo esta posición bastante radical, debemos concluir que la situación de la prueba obtenida con inobservancia de garantías fundamentales de una persona distinta del imputado, a lo menos requiere un análisis separado.

¿Alguien podría sostener seriamente que prueba obtenida con vulneración, por ejemplo, de la garantía de la inviolabilidad del hogar, o del derecho a la privacidad de la víctima, debe ser excluida, si ella tiene interés en el resultado del juicio y autoriza posteriormente (por cierto de manera voluntaria y exenta de presiones) su empleo? Podría señalarse que el consentimiento, manifestado por la víctima, con posterioridad a la infracción de garantías que importa cierta actividad generadora de prueba, importaría la inexistencia de vulneración de derechos fundamentales. Creemos que ese razonamiento es incorrecto: la vulneración de garantías se produce o no, pero puede ser más o menos intensa y con mayores o menores posibilidades de ser subsanada. La solución que nos parece más aceptable para el ejemplo propuesto es sostener que pese a la vulneración de garantías fundamentales de un interviniente (en este caso la víctima), considerando criterios de proporcionalidad y el respaldo de otros valores que inspiran el sistema, como una eficiente persecución penal, y en este caso la obtención de la verdad material, tal prueba debe ser declarada admisible, no obstante los severos términos en que está redactado el artículo 276 C.P.P. que no efectúa distinción alguna (por eso insistimos en su carácter defectuoso)

Evidentemente la solución debe ser distinta si las garantías afectadas son las del imputado, coimputado, sospechosos, los testigos, terceros con interés en el juicio, terceros sin interés en el juicio y la víctima. En cada caso el estándar debería ser distinto.

También, en el mismo sentido, carecería de sustento excluir prueba, obtenida con infracción de garantías fundamentales, en aquellos casos en que quien pretende valerse de ella es un sujeto o agente distinto de quien la obtuvo. Así, nos parecería que el Ministerio Público, por ejemplo, no podría reclamar la exclusión de prueba obtenida por la policía, con vulneración de la protección constitucional si el imputado pretende valerse de ella. Tal criterio se encuentra asentado en la jurisprudencia norteamericana
[vi] y permite impedir que los litigantes se aprovechen de su propio dolo. Siendo así, no podemos sino concluir que tampoco la defensa podría alegar tal vicio, si el Ministerio Público pretendiera emplear en juicio una prueba de similares características, lograda por personas vinculadas a la defensa, toda vez que la lógica es la misma.

Además, debe tenerse en cuenta que una interpretación literal y extrema del artículo 276 C.P.P. nos podría llevar a su vez a situaciones absurdas, toda vez que se refiere a las Garantías Fundamentales sin hacer distinción alguna. Evidentemente no nos parece razonable excluir prueba, si en la obtención de la misma se afecta el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación de alguna persona (Art. 19 N°8) o el derecho a presentar peticiones a la autoridad (Art. 19 N°14) pese a que existe la posibilidad, al menos teórica, de obtener prueba afectando tales derechos, toda vez que entendemos que en tales casos predomina el interés en el éxito de la persecución penal y además, existen otros mecanismos, como el recurso de protección en el caso del artículo 19 N°8, cuya finalidad es precisamente brindar debida protección a los afectados.

Por otra parte, se ha planteado que las pruebas obtenidas de manera lícita, pero cuyo origen está vinculado a otra prueba obtenida con inobservancia de derechos esenciales
[vii], deben ser excluidas. Se trata de la conocida doctrina de “los frutos del árbol envenenado”. Tal lógica ha sido morigerada en los Estados Unidos, por fallos más recientes, en casos en que el vínculo entre la obtención de una y otra prueba se ha debilitado,[viii] o situaciones en que la prueba tiene su origen en una fuente independiente de la ilicitud inicial[ix]. Los razonamientos de basan tal atenuación del criterio original, se fundan, entre otros valores, en la necesidad de una persecución penal eficiente.

En definitiva, creemos que deben generarse, principalmente por vía jurisprudencial, ciertos estándares que tiendan a ponderar los valores que hemos revisado, en particular las necesidades de persecución penal eficiente y el respeto de los derechos fundamentales, proporcionando así la respuesta a la pregunta elemental sobre en qué casos específicos la prueba obtenida con infracción de garantías fundamentales debe ser excluida, considerando, al menos los siguientes elementos de juicio: (i)titular de la garantía infringida e interviniente interesado en la exclusión, (ii) buena o mala fe del agente infractor, (iii) tipo de garantía constitucional inobservada, (iv) intensidad de la afectación del derecho en cuestión (v) circunstancias en que se produce la afectación.

Evidentemente no estamos afirmando la procedencia o necesidad de lo que se ha denominado “persecución penal a cualquier costo”, teniendo en cuenta los criterios propuestos, y sobre todo la apreciación de ellos con una lógica de proporcionalidad y razonabilidad y considerando que “los reproches contra la norma de exclusión como obstáculo de la acción policial y de la persecución penal en general disparan contra el blanco equivocado, pues el obstáculo no lo pone la norma de exclusión sino las propias garantías fundamentales”
[x]lo que proponemos una adecuada interpretación de las normas, en particular del artículo 276 C.P.P. que tienda a maximizar la eficiencia del sistema entendido como tal, en un contexto de sana convivencia social y de respeto a los derechos de las personas. Sobre todo, vale la pena clarificar la respuesta a situaciones específicas, pero habitualmente reiteradas, en términos tales que no sean necesarias sucesivas reformas al texto legal, que ineludiblemente acarrean distorsiones e incertidumbre, para lograr la armonía sistémica que sugerimos.
Roberto

[i] Estados Unidos contra León, 468 E.U. 897 (1984)

[ii] Sentencia del Tribunal Constitucional Español 81/1998.

[iii] Díaz García, Luis Iván. “Derechos Fundamentales y Prueba Ilícita”, en “La Prueba en el nuevo Proceso Penal Oral”, Editor Rodrigo Coloma Correa, Lexisnexis, Santiago, 2003, Pág. 154.

[iv] Ibid. Pág. 156.´

[v] Zapata María Francisca, “La Prueba Ilícita” Lexisnexis, Santiago, 2004, Pág.50.

[vi] Silverthorne Lumber Co. contra Estados Unidos, 251 E.U. 385 (1920)

[vii] Ibid.

[viii] Nardone contra Estados Unidos, 308 E.U. 338 (1939)

[ix] State contra O’Bremski 70 Wash. 2d. 425, 423 P. 2d. 530 (1967)

[x] Hernández Héctor, “La Exclusión de la Prueba Ilícita en el Nuevo Proceso Penal Chileno” Universidad Alberto Hurtado, Santiago, 2005. Pág. 61.


3 de diciembre de 2006

MUJERES


Hablar sobre “Las Mujeres”, implica inevitablemente caer en generalizaciones y lugares comunes, pero creo que es interesante que lo plantee, por varias razones: en los cuarenta y tantos comentarios del tema anterior, sólo cinco hombres intervinieron, y uno de ellos fui yo mismo, nuestra presidenta es mujer, mi jefa es mujer y, en fin, los “temas de género” son objeto de interesante debate (la violencia contra la mujer, la participación de la mujer en la economía, en la política, etc.) en nuestra sociedad.

Mi visión puede ser muy errada, si hay algo de lo que sé poco es de lo que sienten o piensan, pero sólo un ciego podría desconocer que la mujer de nuestros días es más independiente, más abierta a opinar, a intervenir en la sociedad, más ambiciosa, consciente de que tiene mucho que aportar, y menos dispuesta a soportar abusos y menosprecios. Pero además de eso, me parece que han cambiado en el ámbito individual, sus gustos, pasatiempos, su estilo de vida: cada día conozco mujeres más interesantes y sofisticadas.

Me parece que el entorno es genial, por fin ellas invitan, ellas te presentan nuevas bandas de rock, libros, ideas políticas, etc. No veo nada de malo en eso. Nada. Toda vez que no han dejado de preocuparse por sus hijos y las decisiones sobre tenerlos o no, formar o no una familia, tener o no tener pareja y que tipo de pareja, parecen forjarse de manera más libre y congruente con una manera de pensar carente de prejuicios y malentendidas tradiciones.

Evidentemente, no todos estarán de acuerdo, ni en la valoración de este eventual “nuevo modo de ser” ni en la existencia del mismo, alguien podrá decir que en realidad nada ha cambiado. Yo creo que sí.

¿Qué creen ustedes?


Roberto.